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Nueva normatividad8 de agosto de 20266 min de lectura

Ley 2593 de 2026: pensión por actividades de alto riesgo para el Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria

Por el Equipo Alba SST

Resumen

La Ley 2593 de 2026 (6 de julio de 2026) fija las condiciones para reconocer y pagar la pensión por actividades de alto riesgo de los integrantes del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria y Carcelaria Nacional. Estos son los puntos que cambian para quien administra el SG-SST y la afiliación a riesgos laborales en el sector penitenciario.

El 6 de julio de 2026 se expidió la Ley 2593 de 2026, publicada en el Diario Oficial 53.548 del 9 de julio de 2026. La ley establece el marco legal para el reconocimiento y pago de la pensión por actividades de alto riesgo que desarrollan los integrantes del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria y Carcelaria Nacional.

Un punto que conviene leer con cuidado antes de sacar conclusiones: la propia ley aclara en el parágrafo de su artículo 1 que no crea un régimen pensional especial autónomo, sino que desarrolla una modalidad de reconocimiento pensional por actividades de alto riesgo dentro del Sistema General de Pensiones, en armonía con el Acto Legislativo 01 de 2005, la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios.

A quién aplica

El artículo 2 la hace aplicable a todos los integrantes del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria y Carcelaria Nacional que inicien sus labores o se encuentren realizando la actividad de alto riesgo que implique la disminución de la expectativa de vida saludable del trabajador o la necesidad de retiro de las funciones laborales que ejecuta, con ocasión de su trabajo.

  • Se exceptúan los miembros que ingresaron antes de la entrada en vigencia del Decreto 2090 de 2003, a quienes se les aplica lo dispuesto en la Ley 32 de 1986, siempre que se hayan cubierto las cotizaciones correspondientes.
  • Los beneficiarios son única y exclusivamente los establecidos en el artículo 126 del Decreto Ley 407 de 1994, exceptuando de esa lista a los auxiliares que presten servicio militar en la institución.

Requisitos para el reconocimiento de la pensión

El artículo 4 fija la edad y las semanas exigidas. Deben cumplirse la edad y una de las dos alternativas de cotización:

RequisitoCondición exigida por la Ley 2593 de 2026
EdadHaber cumplido cincuenta (50) años
Semanas (opción a)Haber cotizado 1.029 semanas en actividades de alto riesgo
Semanas (opción b)Haber cotizado 1.300 semanas en el Sistema General de Pensiones, de las cuales al menos 700 correspondan a cotización especial en actividades de alto riesgo

El parágrafo del mismo artículo precisa que estas disposiciones se aplican sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo transitorio 5 del Acto Legislativo 01 de 2005.

Cotización e Ingreso Base de Liquidación

El artículo 5 remite el monto de la cotización a la Ley 100 de 1993, modificada por el artículo 10 de la Ley 797 de 2003 y sus decretos reglamentarios, más diez (10) puntos adicionales a cargo del empleador. Ese monto se incrementa en 1,5 % por cada 50 semanas adicionales a las mínimas, hasta un 80 %, en concordancia con el mismo artículo 10 de la Ley 797 de 2003.

Para el Ingreso Base de Liquidación, el artículo 6 permite escoger la opción más favorable al trabajador: el promedio de los últimos diez (10) años cotizados, o el promedio de toda la vida laboral con los factores salariales definidos por el Ingreso Base de Cotización.

Cómo define la ley el alto riesgo en este contexto

El artículo 3 aporta definiciones que resultan útiles para el análisis de riesgos y la caracterización de la población trabajadora en establecimientos de reclusión. Entiende por actividad de alto riesgo aquella cuya labor implique la disminución de la expectativa de vida saludable o la necesidad de retiro de las funciones laborales, o la exposición permanente a factores de riesgo asociados a la población que se custodia o vigila.

La caracterización del riesgo que describe la norma se organiza en tres frentes:

  • Tipo social: excesivas jornadas laborales, aislamiento familiar, estrés, el medio patológico, la declaratoria del Estado de Cosas Inconstitucional, hacer parte del conflicto social de las cárceles, amotinamientos, evasión o intentos de fuga, rescate y traslado de internos, con la fatiga y el incremento de carga psicosocial que ello conlleva.
  • Tipo laboral: físicos como ruido, iluminación, frío o calor extremo; biológicos de todo tipo; ergonómicos; psicosociales; y de seguridad, como mecánicos, eléctricos, instalaciones locativas defectuosas, trabajos confinados, incendio y explosión, tránsito y riesgo público.
  • Riesgos propios: altas tasas de morbilidad y mortalidad y alto riesgo de agresión ocasionados por la población privada de la libertad, con desgaste ocupacional derivado del ejercicio de custodia y vigilancia.

Normas aplicables y vigencia

En lo no previsto, el artículo 7 remite a las normas generales de la Ley 100 de 1993, la Ley 797 de 2003, la Ley 2381 de 2024, sus decretos reglamentarios o las normas que las modifiquen o adicionen, y a las normas que regulan las actividades de alto riesgo. El artículo 8 dispone que la ley rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

«La presente ley no crea un régimen pensional especial autónomo, sino que desarrolla una modalidad de reconocimiento pensional por actividades de alto riesgo dentro del Sistema General de Pensiones» — parágrafo del artículo 1, Ley 2593 de 2026.

Qué revisar si administras SST en el sector penitenciario

  • Verificar qué cargos quedan cobijados según el artículo 126 del Decreto Ley 407 de 1994 y la excepción de los auxiliares en servicio militar.
  • Confirmar el estado de la cotización especial por alto riesgo y de los diez puntos adicionales a cargo del empleador.
  • Revisar si hay personal vinculado antes de la vigencia del Decreto 2090 de 2003, cuyo caso se rige por la Ley 32 de 1986.
  • Alinear la caracterización de peligros y la vigilancia epidemiológica con los factores de riesgo social, laboral y propios que enuncia el artículo 3.

Este resumen se limita al texto de la Ley 2593 de 2026 y no interpreta situaciones particulares. Para casos concretos, la fuente oficial y la asesoría jurídica especializada son el camino.

Fuentes consultadas

Ley 2593 de 2026Alto riesgoPensionesRiesgos laborales

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